jueves, 19 de abril de 2007

NORMAS DE CONVIVENCIA

Horario de la biblioteca de: LUNES a VIERNES de 08.00 a 11.45 y de 13.00 a 16.45
Servicio de préstamo de: LUNES a VIERNES de 08.30 a 11.30 y de 13.30 a 16.30
Consultas en contraturno: TM MARTES Y VIERNES de: 09.00 a 10.30 horas, T T
Docentes a cargo:
TURNO MAÑANA: Sra. Adriana Bustos
TURNO TARDE: Sra. Graciela Trabucco

PARA QUE LA BIBLIOTECA BRINDE SUS SERVICIOS DE LA MEJOR FORMA POSIBLE NECESITA LA COLABORACIÓN DEL USUARIO LECTOR A TRAVES DEL CONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE CIERTAS NORMAS:
* Los USUARIOS de la Biblioteca serán estudiantes, docentes y padres de la comunidad educativa de referencia.
* Se evitarán actitudes o conductas que causen molestias a otros lectores o al personal
* El lector puede ubicar la obra que le interese mediante el acceso libre a los estantes y la ayuda del personal bibliotecario. Se debe mantener el orden en los estantes para evitar extravíos
* Los usuarios deberán cuidar y preservar las obras de la biblioteca escolar, haciéndose responsables en caso de roturas, manchas o pérdida del material.
* Cuidado de libro y responsabilidad por mal uso. Los libros que en el préstamo a domicilio se pierdan o se estropeen excesivamente deberán ser repuestos.
* Si se considera oportuno el préstamo a padres estos se registrarán en el cuaderno de préstamo, se pretende así lograr un mayor control sobre el movimiento del material.
* Generalmente el préstamo conlleva una ficha para el libro y una ficha de lector. Con ello el bibliotecario organiza el préstamo.
* Deberán evitarse roturas o deterioros de libros y otros bienes de la Sala
* Los libros de LITERATURA se prestan por 1 SEMANA (si se precisa más tiempo, debe avisarse). Transcurrido el plazo solo cabe la devolución o la prórroga
* Los libros de CONSULTA GENERAL se prestan por 2 DÍAS
* Pueden realizarse la renovación del préstamo siempre que no exista la reserva de otro usuario
* Los libros se deben devolver en buen estado. Si no se hace así, se comprará otro.
* Los usuarios podrán acceder a las obras de la biblioteca escolar de dos formas: por préstamo en Sala, o por préstamo a Domicilio. En el primer caso, se dejará constancia de la obra consultada o prestada en un registro destinado a tal fin.
* En el caso del préstamo a domicilio, el usuario contará con una ficha y dicho préstamo se registrará en la misma.
* Un usuario no podrá tener más de dos obras (un texto literario y otro informativo, quedando excluído el material de referencia) en su poder en préstamo a domicilio.
Consulta en la biblioteca será libre pero para el préstamo estará obligado el rellenar una ficha del libro escogido.
En el caso de préstamos colectivos para el aula se asentará por escrito en en el cuaderno destinado para tal fin el registro de los títulos consultados y el docente que se hará cargo del préstamo

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